El proyecto también amplía del 31 de marzo hasta el 30 de abril de 2008 el plazo para reprogramar deudas tributarias haciendo uso de las facilidades establecidas en la Ley Nº 20.221.
En condiciones de ser promulgado como Ley de la República quedó el proyecto de ley que moderniza las normas para el pago de impuestos en moneda extranjera por parte de las empresas y que amplía el período de repactación de deudas tributarias.
Las empresas autorizadas a declarar y pagar su impuesto a la Renta en moneda extranjera podrán hacerlo vía Internet durante abril de 2008, mientras que a partir de junio próximo esas compañías podrán declarar y pagar en forma electrónica otros impuestos (IVA, PPM, retenciones, etc).
El proyecto también amplía del 31 de marzo hasta el 30 de abril de 2008 el plazo para reprogramar deudas tributarias haciendo uso de las facilidades establecidas en la Ley Nº 20.221.
La ampliación del período tendrá efecto retroactivo, ya que el proceso de repactación en oficinas de la Tesorería General de la República ha seguido sin interrupciones durante abril. Dicha extensión implica que se mantendrán las facilidades establecidas para repactar deudas tributarias; es decir, permitiendo su reprogramación hasta en 36 cuotas mensuales y elevando a $15 millones el monto de deuda susceptible de acceder a la condonación. Además, se podrá incorporar en la reprogramación todas las deudas emitidas hasta el 31 marzo de 2008.
Por último, el proyecto también incluye precisiones de carácter técnico para ratificar que la rebaja de la tasa máxima del impuesto de Timbres y Estampillas a 1,2% está vigente a partir del 25 de marzo, lo que se estima necesario al haberse planteado interpretaciones y dudas al respecto.
Economía y Negocios
















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